Bogotá D.C., 24 de octubre de 2018
Señores
COMISIONADOS y demás entidades competentes
Bogotá D.C.
E. S. D.
Ref.: Coadyuvancia – solicitud de acción urgente por el seguimiento al líder Saúl David Carrillo de la Organización ASIGUAZU y delegado por la Macro Norte a la Mesa Permanente de Concertación –MPC.
Cordial Saludo,
Por medio del presente escrito, coadyuvamos la Acción Urgente emitida por la Organización ASIGUAZU y la Organización Nacional Indígena de Colombia – ONIC-, con relación al seguimiento al líder indígena Saúl David Carrillo de la Organización ASIGUAZU y delegado por la Macro Norte a la Mesa Permanente de Concertación –MPC por parte de dos personas encapuchadas y armadas que pretendieron ingresar a su domicilio el pasado 21 de octubre de 2018.
Por lo tanto, nuevamente se hace un llamado a la institucionalidad en la medida en que muchas de las amenazas realizadas por los grupos armados al margen de la ley en contra de los líderes y lideresas indígenas que trabajan en los territorios, se han venido materializando de manera indiscriminada en lo corrido de este año. Insistimos en la Acción urgente efectuada por la Organización ASIGUAZU y la Organización Nacional Indígena de Colombia – ONIC-, (anexo 1), mediante la cual se hace un llamado a las instituciones correspondientes y varias exigencias para contrarrestar la vulneración de derechos de la siguiente manera:
- A la Fiscalía General de la Nación para que en su condición de titular de la Acción Penal, investigue junto con la Policía Judicial los hechos ocurridos con el ánimo de esclarecer las circunstancias y autores de dicho delito y adelanten la consecuente acción que persiga la aplicación de justicia.
- A la Defensoría del Pueblo, Procuraduría General de la Nación y Personería Municipal de Riohacha, para que verifiquen los hechos descritos y genere desde sus competencias las garantías necesarias en materia de exigibilidad de derechos ante las entidades obligadas a actuar, para prevenir y proteger a las comunidades indígenas de la Guajira, en especial al compañero Saúl David Carrillo de la Organización ASIGUAZU y delegado por la Macro Norte a la Mesa Permanente de Concertación –MPC-.
- En el mismo sentido se solicita protección y garantías a sus autoridades propias en el goce efectivo de sus derechos al gobierno propio, autonomía territorial, respeto a la vida y demás derechos perturbados por esta acción violenta. En este sentido, contactar a las autoridades indígenas y ampliar esta acción urgente, previendo que pueda suceder cualquier tipo de vulneración de los derechos de los miembros de la Organización ASIGUAZU como consecuencia de la denuncia de esta acción criminal.
- A la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en el marco de su mandato, desarrollar las actuaciones que correspondan, previendo que dicha actuación desemboque en más afectaciones a los derechos de los integrantes de la comunidad indígena de, en especial a sus autoridad tradicionales que hoy están denunciando esta acción violenta en contra el líder Saúl David Carrillo de la Organización ASIGUAZU y delegado por la Macro Norte a la Mesa Permanente de Concertación –MPC-
- Al Mecanismo de Acompañamiento del Proceso de Paz en Colombia MAPP OEA en el marco de sus funciones, desarrollar las actuaciones que correspondan, previendo que dicha actuación desemboque en afectaciones a demás derechos de los integrantes de la comunidad indígena de la Organización ASIGUAZU, en especial a sus autoridades tradicionales y miembros de dicha organización que hoy están denunciando esta acción violenta por un grupo de sujetos encapuchados de los cuales se desconoce su procedencia.
- Solicitamos por parte de las autoridades del Estado el acompañamiento psicológico para el compañero indígena de la Organización Asiwazu Saúl David Carrillo, el cual debe estar ajustado a sus tradiciones culturales y que se le garantice su derecho a la libre movilidad y a su integridad física.
- A las organizaciones de la sociedad civil solidarias con los Pueblos Indígenas, para que en el marco de sus funciones misionales incluyan estos casos en sus informes anuales y emitan pronunciamientos de respaldo a la comunidad indígena de la Organización ASIWAZU, en especial a sus autoridades y en solidaridad con Saúl David Carrillo, exigiendo pronta investigación que permita no solamente hallar a los responsables del atentado, sino impartir justicia frente a los hechos ocurridos.
Aunado a lo anterior, la CDDHHPI además de coadyuvar la Acción Urgente emitida por la Organización ASIGUAZU y la Organización Nacional Indígena de Colombia – ONIC-, presenta los siguientes requerimientos:
- A la Unidad Nacional de Protección – UNP, para que evalúe los hechos con el acompañamiento de las autoridades indígenas y otorgue a través de trámite de emergencia, medidas de protección al compañero indígena Saúl David Carrillo y a su familia, en observancia de lo establecido en el Decreto Ley 4633 de 2011, con carácter urgente.
- A las autoridades nacionales, departamentales y municipales competentes para que asuma sus obligaciones legales y jurisprudenciales en relación con la atención urgente, diferencial y articulada y convoque a la mayor brevedad posible los escenarios correspondientes en tratándose de pueblos indígenas, en aras de revisar y plantear soluciones de fondo con relación a los hechos victimizantes denunciados.
- Así mismo solicitamos a todas las entidades con asiento en la CDDHHPI, con competencias directas se tomen concertadamente, las medidas URGENTES a las que haya lugar, de acuerdo con sus funciones misionales y obligaciones constitucionales y legales.
- Por último, solicitamos se remita a esta Secretaría un informe detallado sobre los trámites, gestiones y respuestas dadas en relación con las solicitudes relacionadas en la presente coadyuvancia, con fundamento en los alcances legales conferidos a esta Comisión en el marco del Decreto 1396 de 1996.
Para todos los efectos de los requerimientos efectuados, anexamos los siguientes documentos:
- Acción Urgente emitida por la Organización ASIGUAZU y la Organización Nacional Indígena de Colombia – ONIC-, el 22 de octubre de 2018.
Es importante señalar que la presente comunicación tiene por objeto materializar los principios de colaboración armónica y coordinación (artículos 113 y 209 de la Constitución Política), a los cuales está llamada la Comisión, en observancia del estatus que ostenta por decreto.
Quedamos atentos a cualquier inquietud que la presente solicitud/coadyuvancia pueda suscitar, acusando recibo del presente escrito y sus respectivos adjuntos y a la espera de pronta respuesta con relación a las medidas urgentes tramitadas en respuesta a las solicitudes relacionadas previamente.
Fraternalmente,
SECRETARÍA OPERATIVA
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS – CDDHHPI
Documentos adjuntos.
SOLICITUD DE ACCIÓN URGENTE por el seguimiento Saúl David Carrillo-Guajira766.52 KB
