coadyuvancia – SOLICITUD DE ACCIÓN URGENTE por el homicidio del Exgobernador del Resguardo Indígena de Cerrodeo, Esneider Francisco Uriana Epiayú.

Bogotá D.C., 20 de septiembre de 2018

Señores
COMISIONADOS y demás entidades competentes
Bogotá D.C.
E. S. D.

Ref.:coadyuvancia – SOLICITUD DE ACCIÓN URGENTE por el homicidio del Exgobernador del Resguardo Indígena de Cerrodeo, Esneider Francisco Uriana Epiayú.

Cordial Saludo,

Por medio del presente escrito, coadyuvamos la Acción Urgente emitida por el Resguardo Indígena de Cerrodeo y la Organización Nacional Indígena de Colombia –ONIC-, con relación al homicidio del exgobernador del Resguardo Indígena de Cerrodeo, Esneider Francisco Uriana Epiayú municipio de barrancas la Guajira, perpetrado el 16 de septiembre de 2018 en una riña en un estanco del corregimiento de Pozo hondo, jurisdicción del municipio de Barracas.

Entendiendo a la gravedad del asunto y considerando la grave situa ión de violencia. En contra e los pueblos indígenas de Colombia coadyuvamos a la solicitud de acción Urgente emitida por el Resguardo Indígena de Cerrodeo y la Organización Nacional Indígena de Colombia –ONIC, (anexo 1), mediante la cual se hace un llamado a las instituciones correspondientes y varias exigencias para contrarrestar la vulneración de derechos de la siguiente manera:

  1. A la Fiscalía General de La Nación: que conforme a la situación del homicidio del compañero Exgobernador Esneider Francisco Uriana Epiayú se desarrolle la investigación penal respectiva contra los responsables de dichas amenazas.
  2. A la Defensoría del Pueblo, al Dr. FERNANDO CARRILLO, Procurador General de la Nación, conforme a sus funciones misionales y legales, realicen seguimiento a la investigación que la Fiscalía General de La Nación abra por el homicidio del compañero Exgobernador Esneider Francisco Uriana Epiayú .
  3. Al Dr. Pablo Emilio Gonzales Minguí, Director de la Unidad Nacional de Protección UNP de conformidad con su misión institucional y la normatividad que la rige, mediante el trámite de emergencia, refuercen en concertación con las autoridades territoriales indígenas, las medidas de protección a la familia del compañero fallecido con enfoque diferencial indígena para estos fines.

Como medidas de protección eficaz para proteger la vida de las autoridades territoriales indígenas y de la familia del compañero fallecido, solicitamos reforzar la guardia indígena como MEDIDA DE PROTECCIÓN COLECTIVA. Para estos fines solicitamos contactar lo más pronto posible a las autoridades de la zona y/o sus representantes legales de los Resguardos donde se genera control territorial por parte de las autoridades indígenas.

Aunado a lo anterior, la CDDHHPI además de coadyuvar la Acción Urgente emitida por el Resguardo Indígena de Cerrodeo y la Organización Nacional Indígena de Colombia –ONIC, presenta los siguientes requerimientos:

  1. A la Gobernación del departamento de la Guajira y el Municipio de Barracas para que asuman sus obligaciones legales y jurisprudenciales (Auto 004 de 2009 y otros) en relación con la atención urgente, diferencial y articulada y convoque a la mayor brevedad posible los escenarios correspondientes en tratándose de pueblos indígenas, en aras de revisar y plantear soluciones de fondo con relación a los hechos victimizantes denunciados.
  2. Así mismo solicitamos a todas las entidades con asiento en la CDDHHPI, con competencias directas se tomen concertadamente, las medidas URGENTES a las que haya lugar, de acuerdo con sus funciones misionales y obligaciones constitucionales y legales.
  3. Por último, solicitamos se remita a esta Secretaría un informe detallado sobre los trámites, gestiones y respuestas dadas en relación con las solicitudes relacionadas en la presente coadyuvancia, con fundamento en los alcances legales conferidos a esta Comisión en el marco del Decreto 1396 de 1996.

Para todos los efectos de los requerimientos efectuados, anexamos los siguientes documentos:

  1. Acción urgente emitida por el Resguardo Indígena de Cerrodeo y la Organización Nacional Indígena de Colombia –ONIC, el 19 de septiembre de

Es importante señalar que la presente comunicación tiene por objeto materializar los principios de colaboración armónica y coordinación (artículos 113 y 209 de la Constitución Política), a los cuales está llamada la Comisión, en observancia del estatus que ostenta por decreto.

Quedamos atentos a cualquier inquietud que la presente solicitud/coadyuvancia pueda suscitar, acusando recibo del presente escrito y sus respectivos adjuntos y a la espera de pronta respuesta con relación a las medidas urgentes tramitadas en respuesta a las solicitudes relacionadas previamente.

Fraternalmente,

 

SECRETARÍA OPERATIVA
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS – CDDHHPI

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pdfACCIÓN URGENTE Homicidio Esneider Francisco Uriana Epiayu (Wayúu) Barracas-Guajira381.68 KB

pdfCoadyuvancia solicitud accion urgente por el asesinato de Esneider Uriana130.59 KB