Bogotá D.C., 25 de marzo de 2019
Señores
COMISIONADOS y demás entidades competentes
Bogotá D.C.
E. S. D.
Ref.: Coadyuvancia de la Acción Urgente emitida por la Organización Nacional Indígena -ONIC-, el Consejo Regional Indígena del Cauca -CRIC y la Asociación de Cabildos Indígenas del Norte del Cauca –ACIN, por los ataques a la sede del CRIC y las heridas de alta gravedad causadas a Darío José Mejía.
Cordial saludo,
Por medio del presente escrito, coadyuvamos la Acción Urgente emitida por la Organización Nacional Indígena de Colombia -ONIC-, el Consejo Regional Indígena del Cauca -CRIC y la Asociación de Cabildos Indígenas del Norte del Cauca –ACIN, atendiendo a los hechos causados el 04 de abril en la ciudad de Popayán, y el 13 de abril de 2019 en la ciudad de Bogotá, esto es, el ataque a las instalaciones del Consejo Regional Indígena del Cauca y las heridas causadas al compañero Darío José Mejía respectivamente.
De acuerdo al documento que llega a este despacho, emitido por la Consejería de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas de la ONIC, son evidentes las múltiples violaciones a derechos y libertades de los pueblos indígenas, ya que se han presentado un sin número de amenazas contra miembros de nuestra población, a saber: Danilo Secue, German Valencia, Daniel Valencia, Anadeida Secue, Cesar Holguín, Neis Lame, Orlando Guejia, Sigifredo Pavi, Juan Pablo Camayo y Jairo Camayo; se han presentado infinidad de homicidios y desplazamientos; a lo que se suma la constante estigmatización por parte de los medios de comunicación y del Gobierno respecto a nuestra población.
Lo antes mencionado afecta gravemente el devenir de nuestros pueblos y aumenta las cifras de violaciones a derechos humanos en contra de nuestra población, adicionalmente, se constituye como una prueba del recrudecimiento de la violencia en nuestros territorios y hacia nuestras costumbres, lo que se ve empeorado por la ineficiencia del Estado para contrarrestar este tipo de conductas que, sin lugar a dudas, hieren el tejido social y cultural indígena.
Entendiendo a la gravedad de lo expuesto, y la difícil coyuntura en la que se encuentran los indígenas en Colombia, esta Comisión coadyuva la solicitud de acción Urgente emitida por la Organización Nacional Indígena de Colombia, el Consejo Regional Indígena del Cauca –CRIC y la Asociación de cabildos Indígenas del Norte del Cauca; por lo que se hace un llamado a las organizaciones públicas y privadas, nacionales e internacionales, para que incluyan estos hechos en sus informes; asimismo, se determinan varias exigencias para contrarrestar la vulneración de derechos de la siguiente manera:
- A la Fiscalía General de la Nación, para que, en su condición de titular de la Acción Penal, y aprovechando los medios de la Policía Judicial, investigue los hechos ocurridos con el ánimo de esclarecer las circunstancias y sus autores, y así, se adelante la consecuencia penal y se materialice la aplicación de la justicia.
- A la Defensoría del Pueblo, y al Dr. FERNANDO CARRILLO, Procurador General de la Nación, para que, conforme a sus funciones misionales y legales, realicen seguimiento a la investigación que la Fiscalía General de La Nación ejecutará.
- Al actual director de la Unidad Nacional de Protección –UNP, para que de conformidad con la normatividad que rige su misión institucional, y mediante el trámite de una medida de urgencia, se establezcan y/o refuercen las medidas de protección colectivas e individuales de los miembros y las comunidades indígenas.
- A las Personerías Municipales, para que verifiquen los hechos descritos, y desde su competencia, se decreten las garantías necesarias en materia de exigibilidad de derechos ante las entidades obligadas a actuar, para prevenir y proteger a las comunidades indígenas.
- A la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, para que, en el marco de su mandato, se desarrollen las actuaciones que correspondan, previniendo que nuevas actuaciones desemboquen en más afectaciones a los derechos de los integrantes de la comunidad indígena.
- Solicitamos a todas las entidades con asiento en la CDDHHPPII, con competencias directas se tomen concertadamente, las medidas URGENTES a las que haya lugar, de acuerdo con sus funciones misionales y obligaciones constitucionales y legales.
- Por último, solicitamos se remita a esta Secretaría un informe detallado sobre los trámites, gestiones y respuestas dadas en relación con las solicitudes elevadas en la presente coadyuvancia, con fundamento en los alcances legales conferidos a esta Comisión en el marco del Decreto 1396 de 1996.
Para todos los efectos de los requerimientos efectuados, anexamos los siguientes documentos:
- Acción urgente emitida por la Organización Nacional Indígena de Colombia -ONIC, el Consejo Regional Indígena del Cauca -CRIC, y la Asociación de Cabildos Indígenas del Norte del Cauca.
Es importante señalar que la presente comunicación tiene por objeto materializar los principios de colaboración armónica y coordinación (artículos 113 y 209 de la Constitución Política), a los cuales está llamada la Comisión en observancia del estatus que ostenta su creación por decreto; además, quedamos atentos a cualquier inquietud que la presente solicitud/coadyuvancia pueda suscitar, acusando recibo del presente escrito y sus respectivos adjuntos y a la espera de pronta respuesta de las medidas urgentes tramitadas en réplica a las solicitudes relacionadas previamente.
Fraternalmente,
Documentos en PDF
Accción urgente post-Minga. Coadyuvancia ONIC CRIC ACIN – Bogotá476.83 KB
Coadyuvancia ONIC CRIC ACIN – Bogotá476.83 KB
SECRETARÍA OPERATIVA
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS – CDDHHPPII
