Bogotá D.C., 08 de abril de 2019
Señores
COMISIONADOS y demás entidades competentes
Bogotá D.C.
E. S. D.
Ref.: Coadyuvancia de la Acción Urgente emitida por la Organización Nacional Indígena de Colombia -ONIC-, y el Resguardo Indígena, Quebrada Cañaveral Río Alto San Jorge, por el desplazamiento del pueblo Embera Katío, y pueblo Zenú.
Cordial saludo,
Por medio del presente escrito coadyuvamos la Acción Urgente emitida el 03 de abril de 2019 por la Organización Nacional Indígena de Colombia – ONIC, y el Resguardo Indígena Quebrada Cañaveral Río Alto San Jorge, ya que, por combates que se están llevando entre los departamentos de Antioquia y Córdoba, en los municipios de Ituango y El Libertador, entre el Ejército de Liberación Nacional, disidencias de las FARC, y el Clan del Golfo, se desplazó a 49 familias del pueblo Embera Katío, y 55 familias del pueblo Zenú.
De acuerdo al documento que se allega a este despacho, el 02 de abril del corriente, 105 familias fueron desplazadas producto de los fuertes combates que se sostienen desde hace más de 15 días entre las disidencias de las FARC, el Clan del Golfo y el ELN, en los límites entre los departamentos ya referidos. Informamos que en el momento hay 184 personas desplazadas del pueblo Embera Katío y 215 personas del pueblo Zenú, todas provenientes del Cabildo Mayor del Resguardo Indígena Cañaveral Alto San Jorge.
Esta situación requiere de una pronta atención, pues con el desplazamiento apenas se está vulnerando un derecho fundamental de esta comunidad –el territorio-, empero, este hecho genera una serie de afectaciones, las cuales se manifestarán en cadena en contra de los miembros de esta comunidad. Además, hay que asegurar que nuestros compañeros retornen a sus territorios, para que no lleguen desplazados a las cabeceras municipales cercas, en la medida en que, sin duda, agravaría la difícil situación de estas personas. Entendiendo a la gravedad del asunto y considerando la difícil situación en la que se encuentra la población indígena colombiana, coadyuvamos a la solicitud de Acción Urgente emitida por la Organización Nacional Indígena de Colombia -ONIC, y el Resguardo Indígena Quebrada Cañaveral Río Alto San Jorge; por esto, hacemos un llamado a las organizaciones no gubernamentales, nacionales e internacionales, defensoras de derechos humanos, para que emitan los informes correspondientes sobre los hechos antes consignados; además, exhortamos al Estado colombiano, para que haciendo uso de la institucionalidad realice las actividades necesarias para evitar y sancionar este tipo de conductas, especialmente, solicitamos:
- A la Fiscalía General de la Nación, para que, en su condición de titular de la Acción Penal, y aprovechando los medios de la Policía Judicial, investigue los hechos ocurridos con el ánimo de esclarecer las circunstancias y sus autores, y así, se adelante la consecuencia penal y se materialice la aplicación de la justicia.
- A la Defensoría del Pueblo, y al Dr. FERNANDO CARRILLO, Procurador General de la Nación, para que, conforme a sus funciones misionales y legales, realicen seguimiento a la investigación que la Fiscalía General de La Nación ejecutará.
- Al actual director de la Unidad Nacional de Protección –UNP, para que de conformidad con la normatividad que rige su misión institucional, y mediante el trámite de una medida de urgencia, se establezcan y/o refuercen las medidas de protección colectivas a las comunidades indígenas en los departamentos de Antioquia y Córdoba, principalmente en los municipios de Ituango y El Libertador; que esto se haga en concertación con las autoridades indígenas para que tenga enfoque diferencial
- A la Personería Municipal de los municipios de Ituango y El Libertador, para que verifiquen los hechos descritos, y desde su competencia se decreten las garantías necesarias en materia de exigibilidad de derechos ante las entidades obligadas a actuar, para prevenir y proteger a las comunidades indígenas de los departamentos Antioquia y Córdoba.
- A la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, para que, en el marco de su mandato, se desarrollen las actuaciones que correspondan, previniendo que nuevas actuaciones desemboquen en más afectaciones a los derechos de los integrantes de la comunidad indígena.
- Solicitamos a todas las entidades con asiento en la CDDHHPPII, con competencias directas se tomen concertadamente, las medidas URGENTES a las que haya lugar, de acuerdo con sus funciones misionales y obligaciones constitucionales y legales.
- Por último, solicitamos se remita a esta Secretaría un informe detallado sobre los trámites, gestiones y respuestas dadas en relación con las solicitudes elevadas en la presente coadyuvancia, con fundamento en los alcances legales conferidos a esta Comisión en el marco del Decreto 1396 de 1996.
Para todos los efectos de los requerimientos efectuados, anexamos los siguientes documentos:
- Acción Urgente emitida por la Asociación de Cabildos Indígenas del Norte del Cauca -ACIN, y el Cabildo Indígena Quebrada Cañaveral Río Alto San Jorge.
Es importante señalar que la presente comunicación tiene por objeto materializar los principios de colaboración armónica y coordinación (artículos 113 y 209 de la Constitución Política), a los cuales está llamada la Comisión en observancia del estatus que ostenta su creación por decreto; además, quedamos atentos a cualquier inquietud que la presente solicitud/coadyuvancia pueda suscitar, acusando recibo del presente escrito y sus respectivos adjuntos y a la espera de pronta respuesta de las medidas urgentes tramitadas en réplica a las solicitudes relacionadas previamente.
Documentos en PDF
Fraternalmente,
SECRETARÍA OPERATIVA
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS – CDDHHPPII
