Coadyuvancia de la Acción Urgente Emitida por la Organización ONIC y el Consejo de Gobierno Mayor de la Organización OIA, por la Convergencia de Grupos Armados Legales e Ilegales en los Resguardos

Bogotá D.C., 01 de mayo de 2019

Señores
COMISIONADOS y demás entidades competentes
Bogotá D.C.
E. S. D.

Ref.: Coadyuvancia de la Acción Urgente emitida por la Organización Nacional Indígena de Colombia -ONIC-, y el Consejo de Gobierno Mayor de la Organización Indígena de Antioquia -OIA-, por la convergencia de grupos armados legales e ilegales en los Resguardos indígenas de Río Murindó y Río Chaguerado, en Antioquia.

Cordial saludo,

Por medio del presente escrito coadyuvamos la Acción Urgente emitida el 26 de abril de 2019 por la Organización Nacional Indígena de Colombia -ONIC y la Organización Indígena de Antioquia- OIA, atendiendo a los hechos que se presentaron el 15 del mismo mes, en el municipio de Murindó, departamento de Antioquia, pues en los resguardos de Río Murindó y Río Chaguerado, han hecho presencia grupo armados legales e ilegales, los que ponen en riesgo a 2700 habitantes, 600 familias y 600 niños del pueblo Embera Eyábida.

De acuerdo al documento que llega a esta Comisión, en el municipio de Medellín se emite una alerta temprana por la presencia de actores armados legales e ilegales en las comunidades indígenas de los resguardos Rio Murindó y Rio Chageradó; además se indica que este hecho se ha vuelto una constante para estos territorios, lo que sin lugar a dudas pone en alto riesgo a las comunidades y familias que allí habitan, sin mencionar que las convierte en un objetivo militar, pues, un enfrentamiento armado es inminente.

En esta coyuntura es necesario hacer hincapié en que en varios espacios hemos indicado que nuestros territorios no pueden ser partícipes ni es escenario de conductas relacionadas con la guerra, en la medida en que se está atropellando a la Madre Tierra, símbolo de nuestra cosmovisión, idiosincrasia y soberanía, por lo que exigimos a la totalidad de actores armados que no transites por nuestros territorios; Asimismo, responsabilizamos al Estado de las conductas que actualmente estamos sufriendo, ya que, pese a las múltiples denuncias que esta comisión ha hecho, al igual que las demás organizaciones indígenas, no se ha tomado medidas encaminadas a terminar con estas violaciones.

Lo expuesto en el párrafo anterior, es prueba de que la violencia en nuestros territorios se está recrudeciendo, que el Estado no se preocupa por el bienestar y seguridad de nuestras comunidades, y que la omisión se ha convertido en la mejor respuesta, ya que, no se han tomado medidas tendientes a repeler a los grupos al margen de la Ley que se encuentran en el lugar, al igual que sus agentes, esto es el Ejército Nacional, no respeta la soberanía que por mandato constitucional tenemos en nuestros territorios.

Así, entendiendo la gravedad del asunto y considerando la difícil situación en la que se encuentra la población indígena colombiana, coadyuvamos la solicitud de Acción Urgente emitida por la Organización Nacional Indígena de Colombia -ONIC y la Organización Indígena de Antioquia -OIA; por esto, hacemos un llamado a las organizaciones no gubernamentales, nacionales e internacionales, defensoras de derechos humanos, para que emitan los informes correspondientes sobre los hechos antes consignados; además, exhortamos al Estado colombiano, para que haciendo uso de la institucionalidad realice las actividades necesarias para evitar y sancionar este tipo de conductas, especialmente, solicitamos:

  1. A la Fiscalía General de la Nación, para que, en su condición de titular de la Acción Penal, y aprovechando los medios de la Policía Judicial, investigue los hechos ocurridos con el ánimo de esclarecer las circunstancias y sus autores, y así, se adelante la consecuencia penal y se materialice la aplicación de la justicia.
  2. A la Defensoría del Pueblo, y al Dr. FERNANDO CARRILLO, Procurador General de la Nación, para que, conforme a sus funciones misionales y legales, realicen seguimiento a la investigación que la Fiscalía General de La Nación ejecutará.
  3. Al actual director de la Unidad Nacional de Protección – UNP, para que de conformidad con la normatividad que rige su misión institucional, y mediante el trámite de una medida de urgencia, se establezcan y/o refuercen las medidas de protección colectivas a las comunidades indígenas en el departamento de Antioquia, y que esto se haga en concertación con las autoridades indígenas para que tenga enfoque diferencial
  4. A la Personería Municipal del municipio de Murindó, para que verifiquen los hechos descritos, y desde su competencia se decreten las garantías necesarias en materia de exigibilidad de derechos ante las entidades obligadas a actuar, para prevenir y proteger a las comunidades indígenas del departamento de Antioquia.
  5. A la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, para que, en el marco de su mandato, se desarrollen las actuaciones que correspondan, previniendo que nuevas actuaciones desemboquen en más afectaciones a los derechos de los integrantes de la comunidad indígena.
  6. Solicitamos a todas las entidades con asiento en la CDDHHPPII, con competencias directas se tomen concertadamente, las medidas URGENTES a las que haya lugar, de acuerdo con sus funciones misionales y obligaciones constitucionales y legales.
  7. Por último, solicitamos se remita a esta Secretaría un informe detallado sobre los trámites, gestiones y respuestas dadas en relación con las solicitudes elevadas en la presente coadyuvancia, con fundamento en los alcances legales conferidos a esta Comisión en el marco del Decreto 1396 de 1996.

Para todos los efectos de los requerimientos efectuados, anexamos los siguientes documentos:

  1. Acción Urgente emitida por la Organización Nacional Indígena de Colombia -ONIC-, y la Organización Indígena de Antioquia -OIA-.

Es importante señalar que la presente comunicación tiene por objeto materializar los principios de colaboración armónica y coordinación (artículos 113 y 209 de la Constitución Política), a los cuales está llamada la Comisión en observancia del estatus que ostenta su creación por decreto; además, quedamos atentos a cualquier inquietud que la presente solicitud/coadyuvancia pueda suscitar, acusando recibo del presente escrito y sus respectivos adjuntos y a la espera de pronta respuesta de las medidas urgentes tramitadas en réplica a las solicitudes relacionadas previamente.

Fraternalmente,

Documentos en PDF

Coadyuvancia ONIC OIA – Murindó

pdfSOLICITUD DE ACCIÓN URGENTE por confluencia de grupos armados legales e ilegales en los Resguardos Río Murindó y Río Chaguer123.58 KB

SECRETARÍA OPERATIVA
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS – CDDHHPI