Bogotá D.C., 5 de julio de 2018
Señores
COMISIONADOS y demás entidades competentes
Bogotá D.C.
E. S. D.
Ref.: Coadyuvancia Acción Urgente – Por amenazas contra líderes sociales, funcionarios públicos y autoridades indígenas en el Departamento del Cauca.
Cordial Saludo,
Por medio del presente escrito, coadyuvamos la Acción Urgente emitida por la Organización Indígena de Colombia ONIC y el Consejo Regional Indígena del Cauca –CRIC- con relación a las “amenazas contra líderes sociales, funcionarios públicos y autoridades indígenas en el Departamento del Cauca” en hechos ocurridos el 28 de mayo de 2018 en donde las autodefensas Gaitanistas de Colombia –AGC- emiten un panfleto amenazante en contra del concejal Silvestre, el Subcomandante de la Policía de Cajibío, el Gobernador Favian Nulcue y demás autoridades tradicionales, personalidades, funcionarios públicos, líderes sociales y autoridades indígenas del Cauca que vienen desarrollando el proceso de liberación de la madre tierra.
Es importante señalar que estas amenazas evidencian el peligro inminente a causa del constante señalamiento por el ejercicio de liderazgo y de control territorial que se ha venido desarrollando por las comunidades indígenas en el departamento del Cauca, con anterioridad la CDDHHPI, las organizaciones indígenas nacionales y regionales han venido denunciando los hechos de violencia y amenazas que se han venido efectuando a causa de este proceso.
Así las cosas y entendiendo el riesgo en el que se encuentran los líderes sociales, funcionarios públicos y autoridades indígenas en el Departamento del Cauca, nos permitimos insistir en la alerta temprana y urgente efectuada por la ONIC (anexo 1), mediante la cual se hace un llamado a las instituciones correspondientes y varias exigencias para contrarrestar la vulneración de derechos de la siguiente manera:
- “1. La Fiscalía General de La Nación: que conforme a la situación de amenaza contra los líderes, autoridades indígenas y funcionarios públicos concejal Silvestre, al Subcomandante de la Policía de Cajibío y al Gobernador Favian Nulcue y demás autoridades tradicionales que vienen desarrollando el proceso de liberación de la madre tierra en el departamento del Cauca y se desarrolle la investigación penal respectiva contra los responsables de dichas amenazas.
- Al Dr. CARLOS NEGRET, Defensor del Pueblo y al Dr. FERNANDO CARRILLO, Procurador General de la Nación, conforme a sus funciones misionales y legales, realicen seguimiento a la investigación que la Fiscalía General de La Nación abra por estas amenazas contra los líderes, autoridades indígenas y funcionarios públicos concejal Silvestre, al Subcomandante de la Policía de Cajibío y al Gobernador Favian Nulcue y demás autoridades tradicionales que vienen desarrollando el proceso de liberación de la madre tierra en el departamento del Cauca.
- Al Dr. DIEGO FERNANDO MORA, Director de la Unidad Nacional de Protección UNP de conformidad con su misión institucional y la normatividad que la rige, mediante el trámite de emergencia, refuercen en concertación con las autoridades territoriales, las medidas de protección a favor de los líderes, funcionarios públicos y autoridades indígenas concejal Silvestre, al Subcomandante de la Policía de Cajibío y al Gobernador Favian Nulcue y demás autoridades tradicionales que vienen desarrollando el proceso de liberación de la madre tierra en el departamento del Cauca, con enfoque diferencial indígena y con pertinencia suficiente, que logre cuidar la vida e integridad física y psicológica de los compañeros, y se refuerce también la guardia indígena para el debido ejercicio legítimo y ancestral del control y la autoridad sobre su territorio.
Aunado a lo anterior, la CDDHHPI además de coadyuvar a la Alerta Temprana emitida por la Organización Indígena de Colombia ONIC, presenta los siguientes requerimientos:
- Una vez más, al Ministro del Interior y Directores de Derechos Humanos y Dirección de Asuntos Indígenas, R[r]om y Minorías, para que revisando las circunstancias denunciadas, se habilite un espacio de alto nivel con el ánimo de concertar medidas de prevención y protección frente a los riesgos identificados en el departamento del Cauca como consecuencia ejercicio de liderazgo y de control territorial por parte de las autoridades indígenas.
- A la OACNUDH, acompañe y verifique el accionar institucional frente a los hechos denunciados con el presente documento y los hechos denunciados en otras oportunidades por esta Comisión y las Organizaciones Indígenas Nacionales y Regionales, demandando la celeridad en la salvaguarda de los derechos del concejal Silvestre, el Subcomandante de la Policía de Cajibío, el Gobernador Favian Nulcue y las autoridades tradicionales, ersonalidades, funcionarios públicos, líderes sociales y autoridades indígenas del Cauca que han sido amenazados como consecuencia del proceso de liberación de la madre tierra.
- Ante las autoridades y demás organismos competentes del Estado para que emprendan las acciones tendientes a neutralizar y desarticular el accionar de los grupos armados al margen de la ley que hacen presencia en el departamento del Cauca y que generan hechos graves de violencia e intimidación en contra de las comunidades indígenas, sus líderes, lideresas y autoridades tradicionales.
- Así mismo solicitamos a todas las entidades con asiento en la CDDHHPI, con competencias directas se tomen concertadamente, las medidas URGENTES a las que haya lugar, de acuerdo con sus funciones misionales y obligaciones constitucionales y legales.
- Por último, solicitamos se remita a esta Secretaría un informe detallado sobre los trámites, gestiones y respuestas dadas en relación con las solicitudes relacionadas en la presente coadyuvancia, con fundamento en los alcances legales conferidos a esta Comisión en el marco del Decreto 1396 de 1996.
Para todos los efectos de los requerimientos efectuados, anexamos los siguientes documentos:
- Acción Urgente: – Por amenazas contra líderes sociales, funcionarios públicos y autoridades indígenas en el Departamento del Cauca, emitido por la Organización Indígena de Colombia ONIC, el 5 julio de 2018.
Es importante señalar que la presente comunicación tiene por objeto materializar los principios de colaboración armónica y coordinación (artículos 113 y 209 de la Constitución Política), a los cuales está llamada la Comisión, en observancia del estatus que ostenta por decreto.
Quedamos atentos a cualquier inquietud que la presente solicitud/coadyuvancia pueda suscitar, acusando recibo del presente escrito y sus respectivos adjuntos y a la espera de pronta respuesta con relación a las medidas urgentes tramitadas en respuesta a las solicitudes relacionadas previamente.
Fraternalmente
SECRETARÍA OPERATIVA
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS – CDDHHPI
