Niña Indígena Secuestrada y Abusada Sexualmente
La Autoridad Tradicional del Resguardo Indígena Gito Dokabú, en ejercicio de su autonomía, sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas por la ley 89 de 19890 y de conformidad con los usos y costumbres reconocidos por la ley 21 de 1991, aprobatoria del convenio 169 de la OIT internacional.
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