Coadyuvancia de la Acción Urgente Emitida por la Organización ONIC y el Resguardo Indígena Quebrada Cañaveral Río Alto San Jorge, por el Desplazamiento que Generaron Diferentes grupos armados.

Bogotá D.C., 24 de abril de 2019

Señores
COMISIONADOS y demás entidades competentes
Bogotá D.C.
E. S. D.

Ref.: Coadyuvancia de la Acción Urgente emitida por la Organización Nacional Indígena de Colombia -ONIC-, y el Resguardo Indígena Quebrada Cañaveral Río Alto San Jorge, por el desplazamiento que generaron los conflictos entre diferentes grupos armados.

Cordial saludo,

Por medio del presente escrito coadyuvamos la Acción Urgente emitida el 16 de abril de 2019 por la Organización Nacional Indígena de Colombia

  • ONIC- y el Resguardo Indígena, Quebrada Cañaveral Río Alto San Jorge,

atendiendo a los hechos que se presentaron el 02 del mismo mes, esto es el desplazamiento de 104 familias procedentes de los municipios de Puerto Libertador, Bijao e Ituango, departamentos de Córdoba y Antioquia respectivamente, los cuales fueron causados por los combates entre disidencias de las FARC y miembros del Clan del Golfo.

De acuerdo al documento que se allega a este despacho, hay 49 familias del pueblo Embera Katío y 55 del pueblo Senú afectadas por los enfrentamientos que han durado cerca de 15 días; por lo anterior, se vuelve necesario tomar medidas urgentes que garanticen a estas personas retornar a sus territorios en total seguridad. Adicionalmente, se sabe que en la zona existen campos minados, lo que supone un aumento del riesgo para acudir al lugar, razón suficiente para que el Estado, por medio de su institucionalidad, haga presencia.

Además, no sobra mencionar la grave situación en la que se encuentran los pueblos indígenas de Colombia, ya que las vulneraciones a los derechos fundamentales han sido sistemáticas y de diferente naturaleza, situación que debe motivar a las instituciones gubernamentales a desarrollar estrategias que contribuyan con la mitigación de estos repudiables hechos, ya que esto afecta gravemente las dinámicas económicas, sociales y culturales de nuestros pueblos, máxime cuando nuestra protección está amparada por la Constitución Política Nacional.

Ilustrando este panorama, en primer lugar condenamos el desplazamiento de nuestros compañeros, al igual que la omisión del Estado Colombiano en la búsqueda de soluciones a esta problemática; reiteramos que deben cesar todas las formas de violaciones a derechos que se han presentado en el territorio colombiano, especialmente las que atentan contra población indígena. Lo antepuesto nos lleva a ver la necesidad que existe de tomar acciones positivas que frenen la ejecución de estas conductas.

Así pues, entendiendo a la gravedad del asunto y considerando la difícil situación en la que se encuentra la población indígena colombiana, coadyuvamos a la solicitud de Acción Urgente emitida por la Organización Nacional Indígena de Colombia -ONIC-, y el Resguardo Indígena Quebrada Cañaveral Rio Alto San Jorge; por esto, hacemos un llamado a las organizaciones no gubernamentales, nacionales e internacionales, defensoras de derechos humanos, para que emitan los informes correspondientes sobre los hechos antes consignados; además, exhortamos al Estado colombiano, para que haciendo uso de la institucionalidad realice las actividades necesarias para evitar y sancionar este tipo de conductas, especialmente, solicitamos:

  1. A la Fiscalía General de la Nación, para que, en su condición de titular de la Acción Penal, y aprovechando los medios de la Policía Judicial, investigue los hechos ocurridos con el ánimo de esclarecer las circunstancias y sus autores, y así, se adelante la consecuencia penal y se materialice la aplicación de la justicia.
  2. A la Defensoría del Pueblo, y al Dr. FERNANDO CARRILLO, Procurador General de la Nación, para que, conforme a sus funciones misionales y legales, realicen seguimiento a la investigación que la Fiscalía General de La Nación ejecutará.
  3. Al actual director de la Unidad Nacional de Protección –UNP-, para que de conformidad con la normatividad que rige su misión institucional, y mediante el trámite de una medida de urgencia, se establezcan y/o refuercen las medidas de protección colectivas a las comunidades indígenas de estos departamentos, especialmente al pueblo Embera Katío y Senú, y que esto se haga en concertación con las autoridades indígenas para que tenga enfoque diferencial
  4. A las Personerías Municipales de Ituango y Puerto Libertador Bijao, para que verifiquen los hechos descritos, y desde su competencia se decreten las garantías necesarias en materia de exigibilidad de derechos ante las entidades obligadas a actuar, para prevenir y proteger a las comunidades indígenas de estos departamentos.
  5. A la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, para que, en el marco de su mandato, se desarrollen las actuaciones que correspondan, previniendo que nuevas actuaciones desemboquen en más afectaciones a los derechos de los integrantes de la comunidad indígena.
  6. Solicitamos a todas las entidades con asiento en la CDDHHPPII, con competencias directas se tomen concertadamente, las medidas URGENTES a las que haya lugar, de acuerdo con sus funciones misionales y obligaciones constitucionales y legales.
  7. Por último, solicitamos se remita a esta Secretaría un informe detallado sobre los trámites, gestiones y respuestas dadas en relación con las solicitudes elevadas en la presente coadyuvancia, con fundamento en los alcances legales conferidos a esta Comisión en el marco del Decreto 1396 de 1996.

Para todos los efectos de los requerimientos efectuados, anexamos los siguientes documentos:

  1. Acción Urgente emitida por la Organización Nacional Indígena de Colombia -ONIC-, y el Resguardo Indígena Quebrada Cañaveral Río Alto San Jorge.

Es importante señalar que la presente comunicación tiene por objeto materializar los principios de colaboración armónica y coordinación (artículos 113 y 209 de la Constitución Política), a los cuales está llamada la Comisión en observancia del estatus que ostenta su creación por decreto; además, quedamos atentos a cualquier inquietud que la presente solicitud/coadyuvancia pueda suscitar, acusando recibo del presente escrito y sus respectivos adjuntos y a la espera de pronta respuesta de las medidas urgentes tramitadas en réplica a las solicitudes relacionadas previamente.

Fraternalmente,

Documento en PDF

pdfCoadyuvancia ONIC – Ituango El Libertador (1)527.90 KB

SECRETARÍA OPERATIVA
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS – CDDHHPPII